Orden sobre medidas en comunidades Fase 3 – Covid 19
Con nuestros deseos de que, al recibo de ésta, os encontréis tod@s bien de salud, y siguiendo con nuestro propósito de seguir contactándoles siempre que existan novedades que pudieran ser de vuestro interés, pasamos a informaros de que el Gobierno ha aprobado los territorios (Formentera, La Graciosa, El Hierro y La Gomera) que han pasado a la FASE 3, mediante Orden publicada en el día de ayer en el BOE, por la que se adoptan diferentes medidas para la circulación de personas y la apertura al público de establecimientos comerciales, turísticos y de servicios que cumplan determinadas condiciones.
Para el resto del territorio, son un adelanto de lo que está por venir. Dichas medidas entraran en vigor el día 1 de junio y son:
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FLEXIBILIZACIÓN MEDIDAS EN COMUNIDADES EN FASE 3 DE CARÁCTER SOCIAL:
–Se mantiene la posibilidad de circular solamente por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
–Se eliminan las franjas horarias en su totalidad y los grupos ya pueden ser de hasta 20 personas. Eso sí, se mantiene la distancia obligatoria de dos metros o el uso de mascarillas si están más cerca.
-La fase 3 ya permite el uso de las barras de los bares para consumir, siempre guardando la distancia de dos metros entre clientes.
-Se mantiene prohibida la apertura de discotecas u otros locales de ocio nocturno.
–Dentro de los bares el aforo máximo será también del 50%, la regla general, pero en las terrazas sube al 75%. Las comunidades autónomas podrán subir el aforo en local y reducirlo en terrazas. Eso sí, se mantienen las obligaciones de distancia entre mesas, la limpieza entre un cliente y otro, el uso de mantelería desechable o la limpieza en caliente y el veto al uso de cartas de papel y los elementos compartidos como servilleteros.
El aforo de las zonas comunes de los hoteles
Pueden abrir spas y piscinas en las condiciones marcadas para estos equipamientos, sube al 50%, pero además se permiten las actividades grupales (hasta 20 personas).
-Podrá procederse a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado y a que no haya, en ningún caso, en el interior del local o establecimiento más de cincuenta personas en total, incluyendo a los trabajadores del local o establecimiento.
–Los velatorios podrán ser de 50 personas al aire libre (también en la comitiva) y 25 en locales cerrados. Y los lugares de culto aumentan su aforo al 75%, aunque tienen que mantener las medidas de separación y limpieza: marcar aforo, máximo 1 metro entre asientos, nada de celebrar eventos en la calle o el exterior del edificio, ni de coros, ni de contacto personal ni uso de objetos de culto o agua bendita. Y siempre con mascarilla.
–Las bodas y otros actos religiosos sociales, como las comuniones o bautizos, podrán celebrarse también al 75% del aforo. Si son en espacios cerrados, con un máximo de 75 asistentes; en lugares abiertos, de 150.
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CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD EN ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES MINORISTAS Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ASIMILADOS
-El aforo sube al 50% en todos los establecimientos estén o no dentro de un centro comercial, aunque se mantiene la obligación de garantizar la distancia de seguridad y el horario de atención prioritaria para personas de más de 65 años.
En las zonas comunes y recreativas de los centros comerciales, el aforo debe ser de un 40% como máximo.
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MEDIDAS EN COMUNIDADES EN FASE 3 DE FLEXIBILIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CULTURA
Podrán realizarse actividades culturales en las bibliotecas, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. En todo caso, deberá mantenerse una distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los asistentes.
En las bibliotecas se podrá permitirse el estudio en sala, siempre que se den las condiciones necesarias según la dirección de la biblioteca, y no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado.
La visitas a los museos y monumentospueden ser de grupos de hasta 20 personas, siempre manteniendo el 50% de aforo total en todo momento.
Todos los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.
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CONDICIONES EN LAS QUE DEBE DESARROLLARSE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos no exhaustivos dirigidos a la modalidad deportiva específica, en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de veinte, manteniendo las distancias de seguridad de dos metrosde manera general, y evitando en todo caso, situaciones en las que se produzca contacto físico.
La norma ya no limita que el deporte sea individual en gimnasios y similares (hasta ahora un entrenador por cliente y con cita previa), espacios deportivos abiertos y cubiertos (hasta ahora individual o por parejas). Así, podrán practicar deporte juntos en cualquier lugar grupos de hasta 20 personas. Eso sí, siempre sin contacto y con un máximo del 50% de aforo. Ya no será necesaria cita previa para acceder a ninguno de estos equipamientos.
Queda permitida la utilización de los vestuarios y zonas de duchas.
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CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS, ACTIVIDADES INFANTILES, CENTROS RECREATIVOS TURÍSTICOS, ZOOLÓGICOS Y ACUARIOS
Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturalezapara grupos de hasta un máximo de 30 personas.
Las actividades guiadas los grupos deberán ser como máximo de 20 personas. Durante el desarrollo de la actividad no se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.
Actividades de tiempo libre para la población infantil o juvenil, como ludotecas o actividades en la naturaleza. El aforo máximo en estos casos será de 1/3 y 80 personas en locales cerrados y del 50% y 200 al aire libre, incluyendo en ambos casos los monitores. Y se procurará organizar a los niños en grupos de máximo 10 personas.
Podrán abrir los centros recreativos turísticos, como parques de atracciones, así como zoos y acuarios. El aforo será del 50%en términos generales, pero se deberá reducir al 30% en espacios cerrados y atracciones.
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CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE CONGRESOS, ENCUENTROS, REUNIONES DE NEGOCIO, CONFERENCIAS Y EVENTOS
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de ochenta asistentes.
A modo de recordatorio le indicamos de forma resumida las medidas de higiene y prevención aplicables a todos los centros de trabajo:
Medidas de seguridad e higiene para trabajadores:
- Se mantiene la prioridad del teletrabajo siempre que sea posible y se pondrán en marcha protocolos de reincorporación que tendrán en cuenta los riesgos laborales.
- Trabajadores formados e informados (le recomendamos que se ponga en contacto con el Servicio de Prevención que tiene contratado su empresa para cumplir con esta obligación).
- Disponer de geles hidroalcohólicos o agua y jabón para la limpieza de manos.
- La disposición de puestos de trabajo, turnos y otras condiciones se modificará para garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros.
- Equipos de protección individual (mascarillas, etc.) si no se puede garantizar la distancia de 2 metros.
- Sustitución fichaje con huella dactilar o bien en caso de no poder, desinfectar después de cada uso.
Medidas en comunidades en fase 3 para prevenir la coincidencia masiva de persona en el ámbito laboral
(por ejemplo, sistemas de cita previa, etc.)
- En especial, zonas de uso común y superficies de contacto más frecuentes (pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, etc.). También zonas privadas como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
- Lejía diluida 1:50 u otros desinfectantes.
- Tras cada limpieza, los materiales utilizados (guantes, mascarillas, etc.) se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
- Cuando existan puestos compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso.
- Lavado de ropa de trabajo entre 60º y 90º.
Medidas en comunidades en fase 3 de higiene del establecimiento:
- Disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal. Deberán ser limpiadas de forma frecuente, mínimo una vez al día.
- Ventilación periódica de instalaciones (Como mínimo 1 vez al día 5 minutos).
- El uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Para aseos de más de cuatro metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será del cincuenta por ciento del número de cabinas y urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso una distancia de seguridad de dos metros.
- Limpieza y desinfección de los aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.
- Se fomentará el pago con tarjeta. Se realizara una Limpieza de datáfono tras cada uso.
- Limpieza del TPV tras cada uso si el empelado que lo utiliza no es siempre el mismo.
- Limpieza y desinfección, al menos dos veces al día, de las instalaciones (una de ellas obligatoria al final del día).
En SERYLIM continuamos monitorizando las últimas normativas, informaciones y noticias para implementar las medidas que sean necesarias de manera ágil y os mantendremos en todo momento informados.
UNIDOS SOMOS MÁS FUERTES!!!
Quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda al respecto.
Gracias por tu confianza.
Un cordial saludo
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